Desalojo y recuperación

Abogados para desalojo

Desalojamos casas, departamentos, locales y terrenos: litigamos la rescisión del arrendamiento y el lanzamiento ante los juzgados civiles, con las medidas precautorias que el caso admita.

Abogados para desalojo de inquilinos y especialistas en recuperación de la posesión frente a invasores y despojos.

Falta de pagoContrato vencidoInvasión y despojoRentas vencidasLanzamiento

Vivienda, locales y terrenos

Qué está en juego

Qué determina la recuperación del inmueble

El tiempo que tarda recuperar un inmueble se decide antes de presentar la demanda: depende de qué quedó por escrito y de qué puede probarse.

La recuperación del inmueble depende del título, del contrato y de las constancias de pago. Cuando alguno falta, primero hay que acreditar lo que se dio por supuesto.

El contrato

Plazo, renta, causales de terminación y qué se pactó para el incumplimiento.

La garantía

Fiador con inmueble, depósito o póliza jurídica, y si es realmente exigible.

El adeudo

Qué meses se deben, cómo se acredita y desde cuándo corren los intereses.

Los pagos

Recibos, transferencias y depósitos: lo que demuestra la relación y su historia.

La causa

Falta de pago, vencimiento del plazo, subarriendo, uso distinto al pactado u ocupación sin título.

El requerimiento

Cómo se avisó, a quién y con qué constancia de que fue recibido.

La titularidad

Quién es dueño del inmueble y quién está legitimado para demandar.

La ocupación real

Quién vive o trabaja ahí hoy, y si coincide con quien firmó el contrato.

La entrega

Cómo se documenta la devolución y el estado en que se recibe el inmueble.

Diagnóstico

Con qué llega un propietario a la firma

Cuatro situaciones concentran casi todos los asuntos que atendemos como abogados para desalojo. Se parecen desde fuera, pero la vía, la prueba y el tiempo de recuperación no son los mismos.

El inquilino dejó de pagar la renta

Uno o varios meses de adeudo, promesas de pago que no llegan y una garantía que nadie ha revisado desde que se firmó. Cada mes que pasa sin actuar es un mes que difícilmente se recupera.

El contrato terminó y no entrega el inmueble

El plazo venció, el arrendador no quiere renovar y el inquilino sigue ahí —a veces pagando, a veces no—. Aquí la causa no es el adeudo: es que el derecho a ocupar el inmueble se agotó.

Alguien ocupa el inmueble sin título

Un familiar al que se dejó vivir ahí, un subarrendatario que nunca fue autorizado o una ocupación posterior a una venta o una sucesión. No es arrendamiento y no se resuelve por la misma vía.

Invadieron el inmueble o hubo un despojo

Terrenos, casas cerradas e inmuebles en sucesión son los que más se invaden. A veces con violencia, a veces exhibiendo un contrato o una escritura que nadie otorgó. Aquí la respuesta es doble: recuperar la posesión y denunciar.

Señales previas

Pagos que empiezan a llegar tarde y en partes.
Rentas cobradas en efectivo, sin recibo.
Contrato vencido que nadie renovó por escrito.
Fiador ilocalizable o sin inmueble que responda.
Personas distintas a las que firmaron viviendo ahí.
Uso distinto al pactado o subarriendo no autorizado.
Adeudos de agua, luz o cuotas condominales.
Depósito «a cuenta de renta» que ya se consumió.
Inmueble deshabitado, en obra o en sucesión, sin quien lo vigile.
Cerradura cambiada, bardas o construcción hechas por un tercero.

Alcance

Qué hacemos para recuperar el inmueble

Seis bloques de trabajo. No todos los asuntos llegan al juicio: parte de nuestro trabajo consiste en que no haga falta.

Valoración y requerimiento

Lo primero es saber qué se puede exigir y con qué respaldo.

Revisión del contrato y sus anexosCálculo del adeudo y sus accesoriosRevisión de la garantía otorgadaRequerimiento formal de pago o entregaNotificación con constancia de recepciónAviso de no renovación del contratoIntegración del expediente probatorioDictamen de viabilidad y tiempos

Negociación y entrega voluntaria

La vía más rápida cuando el inquilino está dispuesto a salir.

Convenio de terminación anticipadaPlazo cierto de desocupaciónReconocimiento de adeudo y forma de pagoActa de entrega del inmuebleAplicación del depósito en garantíaRatificación del convenio, cuando convieneInventario y estado del inmuebleFiniquito de servicios y cuotas

Juicio de desalojo

Cuando no hay entrega voluntaria, se demanda ante el juzgado competente.

Rescisión por falta de pago de rentasTerminación por vencimiento del plazoControversias de arrendamiento inmobiliarioDesocupación y entrega del inmuebleIncumplimiento de otras obligaciones del contratoSubarriendo o cesión no autorizadosUso distinto al pactadoAtención de excepciones y consignaciones de rentaJuicios sobre posesión cuando no hay arrendamiento

Invasión, despojo y ocupación sin título

Cuando quien ocupa el inmueble nunca tuvo un contrato con usted.

Recuperación de la posesión por vía civilDenuncia por despojo ante la FiscalíaAcreditación de la propiedad y de la posesión previaTerrenos y casas deshabitadas invadidasOcupantes que nunca firmaron el contratoFamiliares o excónyuges que no entregan el inmuebleOcupación posterior a una compraventa o una sucesiónContratos o escrituras apócrifos exhibidos por el ocupanteCoordinación de la vía civil con la penalAseguramiento del inmueble una vez recuperado

Ejecución, lanzamiento y cobro

La sentencia no devuelve el inmueble por sí sola: hay que ejecutarla.

Ejecución de sentenciaDiligencia de lanzamientoEntrega material del inmuebleRecuperación de rentas vencidasEjecución contra el fiador o la pólizaEmbargo y aseguramiento de bienesReclamación de daños al inmuebleDefensa frente a amparos promovidos para retrasar

Prevención: el siguiente contrato

Recuperado el inmueble, el objetivo es no repetir el problema.

Contrato de arrendamiento redactado a la medidaGarantía realmente exigibleInvestigación del arrendatario y del fiadorCláusulas de terminación y penalizaciónReglas de aplicación del depósitoInventario y acta de entrega inicialProtocolo de cobro y notificacionesArrendamiento de locales y oficinasProtección de inmuebles desocupados o en obra

Método documental

Qué pedimos antes de estimar un desalojo

Con el contrato y el estado de los pagos a la vista le decimos por qué vía se recupera el inmueble y cuánto puede tardar. Cuando alguno falta, esa ausencia no impide actuar: define por dónde se empieza.

Contrato y garantía

Contrato de arrendamiento y sus anexosPrórrogas o renovaciones firmadasContrato de fianza o póliza jurídicaDocumentos del fiador y de su inmuebleComprobante del depósito en garantía

Pagos y adeudo

Recibos de renta emitidosTransferencias y depósitos recibidosMeses adeudados y su antigüedadAdeudos de agua, luz y cuotasMensajes o correos sobre el pagoPagos consignados ante el juzgado, si los hay

Inmueble y ocupación

Escritura o título que acredite la propiedadIdentificación de quién ocupa el inmuebleRequerimientos y avisos ya enviadosInventario o acta de entrega inicialEstado actual del inmuebleJuicios previos entre las mismas partesFotografías, videos o testigos de la ocupaciónDenuncias o carpetas de investigación ya iniciadas

Consecuencias

Qué alarga un desalojo que debía ser sencillo

Ninguna de estas es una hipótesis: son las razones concretas por las que un asunto se estira meses de más.

Hacerse justicia por propia manoCambiar la cerradura, cortar el agua o la luz o sacar las pertenencias puede constituir un delito. El arrendador pasa de demandante a denunciado, y el desalojo se detiene.
Renta cobrada después del vencimientoSeguir recibiendo pagos cuando el contrato ya terminó puede leerse como una renovación tácita, y obliga a empezar de nuevo por otra causa.
Contrato sin garantía exigibleUn fiador sin inmueble, una póliza vencida o un depósito sin regla de aplicación dejan al arrendador con una sentencia favorable y nada que cobrar.
Cobros sin reciboRentas cobradas en efectivo y sin constancia obligan a probar el adeudo por otros medios, y abren la puerta a que la contraparte afirme que sí pagó.
Demandar a quien no ocupaSi en el inmueble vive alguien distinto de quien firmó, o hay un subarrendatario, la sentencia puede quedar sin poder ejecutarse contra el ocupante real.
Notificación mal practicadaUn emplazamiento con defectos es el argumento más usado para reponer el procedimiento. Se cuida desde el domicilio señalado en la demanda.
Esperar «un par de meses más»Las rentas que se dejan de cobrar mientras se espera rara vez se recuperan: al final del juicio, el adeudo suele exceder el valor de la garantía.
Inmueble sin título en ordenUna sucesión pendiente o una escritura sin inscribir complican acreditar quién está legitimado para demandar la entrega.
Inmueble desocupado y sin vigilanciaTerrenos, casas cerradas e inmuebles en sucesión son los que más se invaden, y cuanto más tiempo lleva ahí el ocupante, más difícil resulta desalojarlo. Documentar quién cuida el inmueble cuesta mucho menos que recuperarlo.

La duración de un desalojo depende del expediente: qué elementos permiten avanzar sin incidentes y cuáles abren margen a objeciones.

Intervención

Cómo intervenimos

Cada etapa cierra con documentos concretos. El cliente sabe en qué punto está el asunto y qué sigue.

Consulta inicial

Usted expone la situación del inmueble y del inquilino. Definimos qué documentos hacen falta para valorar el asunto.

Planteamiento del caso

Revisión del contrato

Examinamos contrato, garantía, pagos y comunicaciones. Se determina la causa aplicable y lo que puede acreditarse.

Diagnóstico documental

Requerimiento y negociación

Se requiere formalmente el pago o la entrega. Si hay disposición a salir, se documenta un convenio con plazo cierto.

Salida sin juicio

Demanda y juicio

Se presenta la demanda ante el juzgado competente y se atiende el procedimiento, incluidas las defensas de la contraparte.

Vía judicial

Ejecución y entrega

Obtenida la sentencia, se ejecuta: lanzamiento, entrega material del inmueble y cobro de lo adeudado.

Inmueble recuperado

Coordinación

Juicios de desalojo

Como abogados para desalojo atendemos inmuebles en renta y en conflicto, y asesoramos a propietarios que viven en otra entidad o en el extranjero.

Sede de los juzgados civiles, donde se tramitan los juicios de desalojo y arrendamiento

Juzgados civiles

Los asuntos de arrendamiento y de posesión se siguen ante los juzgados civiles, y cuando hay despojo se abre además la vía penal. El orden de los actos cambia el resultado: un requerimiento bien practicado hoy evita un incidente dentro de seis meses.

Juzgados civiles y de arrendamientoDemanda, emplazamiento, sentencia y ejecución del lanzamiento.
Actuarios y personal de ejecuciónDiligencias de notificación y de lanzamiento, que exigen presencia y seguimiento.
Afianzadoras y pólizas jurídicasReclamación de la garantía cuando el arrendamiento la tiene contratada.
Fiscalía y Ministerio PúblicoDenuncia por despojo y actos de investigación, cuando la ocupación es delictiva.

La vía y los plazos dependen del ordenamiento procesal aplicable y de la causa que se invoque. Por eso el primer paso es siempre documental: define qué se demanda, contra quién y en qué orden.

Criterio de la firma

El criterio con el que llevamos un desalojo

Nuestra firma está dirigida por Daniel Falcón, abogado con trayectoria como Secretario de Tribunal del Poder Judicial de la Federación.

Titular de la firmaDaniel FalcónTrayectoria como Secretario de Tribunal · Poder Judicial de la Federación

Haber trabajado dentro del tribunal cambia la forma en que los abogados para desalojo preparamos el asunto: se anticipa qué va a objetar la contraparte, dónde puede reponerse el procedimiento y qué prueba faltará el día que se necesite. Esa previsión se hace antes de presentar la demanda, no cuando el juicio ya se atoró.

Un desalojo se resuelve con un expediente completo, que reduce el margen de objeción de la contraparte.

Le decimos desde la primera revisión qué tan sólido es su caso, aunque la respuesta no sea la que espera.
Si la entrega negociada es más rápida que el juicio, lo decimos y la documentamos.
El plazo se divide en dos: lo que depende de la firma y lo que depende del juzgado y de la contraparte.
El asunto no termina con la sentencia: termina con el inmueble entregado.

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan los propietarios antes de demandar

¿Cuánto tarda un juicio de desalojo?+

Depende de tres cosas: la causa que se invoque, la carga del juzgado y —sobre todo— si el expediente permite avanzar sin incidentes. Un asunto con contrato, recibos y garantía en orden avanza de corrido; uno donde el emplazamiento se objeta o falta acreditar quién ocupa el inmueble puede duplicar su duración. Desconfíe de quien le dé un plazo antes de ver los documentos.

¿Qué se necesita para desalojar a un inquilino que no paga?+

El contrato de arrendamiento, la prueba de la propiedad del inmueble, el respaldo de los pagos hechos y no hechos, y la identificación de quién ocupa realmente el inmueble. Con eso se determina la causa —normalmente la rescisión por falta de pago—, se requiere formalmente el pago o la entrega y, si no hay respuesta, se demanda. La garantía se revisa en paralelo, porque de ella depende cuánto del adeudo se puede recuperar.

¿Puedo cambiar la cerradura o cortar el agua y la luz para que se vaya?+

No, y es el error más caro que puede cometer un arrendador. Cambiar la cerradura, suspender servicios o sacar las pertenencias del inquilino puede constituir un delito y dar lugar a una denuncia en su contra, además de reclamaciones civiles. En la práctica invierte los papeles: el propietario deja de ser quien reclama y pasa a defenderse, mientras el inmueble sigue ocupado. La entrega solo la ordena y ejecuta la autoridad.

¿Se puede desalojar sin contrato firmado?+

Sí, pero cuesta más trabajo. La falta de contrato escrito no borra la relación: se acredita con transferencias, recibos, mensajes, testigos y con la propia conducta de las partes. Lo que cambia es la carga probatoria y el tiempo. Si además quien ocupa el inmueble nunca tuvo un arrendamiento —un familiar, un ocupante posterior a una venta o a una sucesión—, la vía no es la de arrendamiento sino la que corresponde a la posesión.

Invadieron mi casa o mi terreno. ¿Qué puedo hacer?+

Lo primero es documentar la ocupación —fecha, personas, fotografías, testigos— y reunir lo que acredita su propiedad y su posesión anterior. A partir de ahí se abren dos caminos que suelen llevarse en paralelo: la vía civil, para recuperar la posesión, y la denuncia penal por despojo. Cuál pesa más depende de cómo entraron y de qué documentos exhiben. Lo que no debe hacerse es intentar sacarlos por cuenta propia: convierte al propietario en denunciado y retrasa todo.

¿Conviene denunciar por despojo o demandar en la vía civil?+

No son excluyentes y persiguen cosas distintas: la denuncia busca la responsabilidad de quien ocupó indebidamente; el juicio civil busca que le devuelvan el inmueble. En la práctica se decide por lo que pueda probarse y por lo que se necesita primero. Llevar las dos sin coordinarlas es un error frecuente: lo que se declara en una puede usarse en la otra, y conviene que ambas cuenten la misma historia desde el principio.

El contrato ya venció y el inquilino no entrega el inmueble. ¿Qué procede?+

Aquí la causa no es el adeudo, sino que el derecho a ocupar terminó. Conviene revisar qué se pactó sobre la renovación y qué ha ocurrido desde el vencimiento: seguir cobrando la renta sin dejar constancia de que no se renueva puede interpretarse como una prórroga tácita y obliga a reconstruir la posición. Lo primero es un aviso formal de no renovación con constancia de recepción; después, la demanda de terminación y entrega.

¿Se pueden recuperar las rentas vencidas, además del inmueble?+

Se reclaman en la misma demanda, junto con los accesorios pactados. Cobrarlas es otra cosa: depende de que exista una garantía exigible —fiador con inmueble, póliza jurídica vigente o depósito— o de que el inquilino tenga bienes que respondan. Por eso la garantía se revisa desde el primer día: una sentencia favorable sin nada que ejecutar recupera el inmueble, no el dinero.

¿Qué es el lanzamiento y cuándo ocurre?+

Es la diligencia con la que se ejecuta la sentencia y se entrega materialmente el inmueble al propietario. Ocurre al final, cuando la resolución quedó firme y el ocupante no desalojó de forma voluntaria dentro del plazo concedido. Requiere seguimiento y presencia: es la etapa donde más asuntos se atoran, y donde conviene tener previstos el acceso, el inventario y el estado en que se recibe el inmueble.

¿Atienden desalojos de locales comerciales y oficinas?+

Sí. El arrendamiento comercial tiene margen de negociación más amplio que el de vivienda, y eso se refleja en el contrato: garantías corporativas, obligados solidarios, penalizaciones y reglas de terminación. Cuando el arrendatario es una empresa, el cobro del adeudo suele llevarse en paralelo por la vía mercantil.

¿Cómo se determinan los honorarios?+

A partir de la valoración documental del asunto: con el contrato y el estado de los pagos a la vista se estima el alcance del trabajo. Tras esa revisión se presenta una propuesta de honorarios para la atención y el seguimiento hasta la entrega del inmueble. La consulta inicial se compensa y se toma a cuenta del honorario si usted decide contratar a la firma.

Siguiente paso

Solicite la revisión de su caso

Describa brevemente el inmueble, desde cuándo está ocupado y qué se ha hecho hasta ahora. Si tiene a la mano la escritura, el contrato, los recibos o los mensajes con el ocupante, compártalos: con eso la primera revisión ya es sustantiva.

Expedientes que no dejan nada que alegarInmuebles recuperados y entregados