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Abogados para empresas

Abogados para empresas

Asesoría jurídica para empresas en contratos, operaciones comerciales, asuntos fiscales, relaciones laborales y controversias con clientes, proveedores o autoridades.

Atendemos necesidades legales específicas y asuntos que requieren la intervención coordinada de distintas áreas del derecho.

Asesoría inicial · 60 minutos · $2,000 MXNAbonables a los honorarios del asunto contratado.

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Qué resolvemos para su empresa

Áreas de consulta

Brindamos asesoría legal empresarial a empresas, pymes, propietarios y directivos en los asuntos que surgen de la operación: contratos, cobros, autoridades, personal y estructura societaria. Cuando un asunto involucra distintas materias, los abogados de las áreas correspondientes se coordinan dentro de la firma.

01

Contratos, clientes y proveedores

Preparamos y revisamos contratos comerciales, convenios y garantías con clientes y proveedores: precio y forma de pago, entregas, plazos, penas y causas de terminación, antes de que la empresa firme.

02

Controversias y recuperación de adeudos

Cobro de facturas y adeudos, entregas o servicios incumplidos y reclamaciones entre empresas. Revisamos el contrato, los comprobantes y las comunicaciones, negociamos y, si no hay acuerdo, llevamos el asunto a una controversia mercantil.

03

Asuntos fiscales y requerimientos de autoridades

Requerimientos, revisiones, multas y créditos fiscales, y actos de otras autoridades. Identificamos la autoridad, el acto notificado y el plazo, y preparamos la respuesta o el medio de defensa que corresponda.

04

Relaciones laborales y contingencias patronales

Contratos y expedientes laborales, terminaciones de la relación de trabajo, conciliación y defensa patronal ante reclamaciones de trabajadores o exempleados.

05

Operación corporativa y asesoría jurídica recurrente

Asambleas, poderes y acuerdos entre socios, a cargo de nuestra área de derecho corporativo, y asesoría periódica con alcance, exclusiones y honorarios definidos por escrito.

Cómo abordamos un asunto empresarial

Secuencia de trabajo

01

Identificamos el problema y sus consecuencias

Ubicamos qué ocurrió, qué decisión necesita tomar la empresa, qué plazos deben atenderse y qué materias intervienen.

02

Revisamos contratos, documentos y antecedentes

Contrastamos contratos, facturas, comunicaciones y notificaciones para saber qué está acreditado y qué falta documentar.

03

Definimos las alternativas jurídicas y el alcance de la atención

Explicamos las opciones y sus riesgos, y delimitamos por escrito el trabajo, sus etapas y los honorarios antes de actuar.

Qué revisamos antes de recomendar una actuación

Método documental

El segundo paso de esa secuencia se apoya en la documentación de la empresa. Con ella a la vista sabemos qué puede acreditarse y qué conviene hacer antes de responder, reclamar o firmar.

Asesoría empresarial

Contratos y convenios

Qué se pactó y quién firmó por cada parte: precio, entregas, plazos, penas y causas de terminación.

Facturas, pagos y comprobantes

Lo facturado, lo pagado y lo pendiente, y los pedidos, entregas y acuses que respaldan cada factura.

Comunicaciones y mensajes electrónicos

Correos y mensajes que muestran lo acordado y lo reclamado, conservados completos, con fechas y remitentes.

Requerimientos, multas y notificaciones

Qué autoridad actúa, qué ordena o determina, cuándo lo notificó y qué plazo corre para responder o impugnar.

Documentación laboral

Contratos de trabajo, recibos de nómina, controles de asistencia y demás documentos que la empresa debe conservar.

Facultades de representación y garantías

Quién puede obligar a la empresa y con qué poder, y qué pagarés, fianzas o avales ha otorgado.

Titular de la firmaDaniel FalcónTrayectoria como Secretario de Tribunal · Poder Judicial de la Federación

Asesoría preventiva y litigio para empresas

HF Consultores Legales es una firma de abogados que atiende asuntos jurídicos de empresas y particulares. Cada materia es atendida por abogados especializados y, cuando un asunto involucra varias áreas, el trabajo se coordina entre ellas.

La firma está dirigida por Daniel Falcón, con trayectoria como Secretario de Tribunal del Poder Judicial de la Federación, experiencia que aporta una perspectiva útil para analizar documentos, controversias y decisiones que podrían ser examinadas ante una autoridad o tribunal.

Consultas habituales

Preguntas frecuentes sobre problemas legales de empresas

¿Qué puede hacer mi empresa si un cliente no paga sus facturas?

Primero, reunir la prueba de la operación y requerir el pago por escrito; el cobro puede resolverse con un convenio de pago. Si no hay acuerdo, puede demandarse el pago. La factura electrónica, aunque esté timbrada, por sí sola no demuestra que la venta o el servicio se realizaron: debe acompañarse de otros elementos, como el contrato o la orden de compra, las constancias de entrega o de prestación del servicio, los acuses del cliente, sus pagos parciales y las comunicaciones en las que reconoce el adeudo. Si la deuda consta en un pagaré u otro título de crédito, puede seguirse una vía distinta. Los plazos para reclamar dependen del tipo de operación y del documento, por lo que conviene no dejar pasar el tiempo.

¿Qué opciones tiene una empresa cuando un proveedor incumple un contrato?

Según el tipo de contrato y lo pactado, puede exigir el cumplimiento o la rescisión del contrato y, en ambos casos, reclamar los daños y perjuicios que el incumplimiento le causó. En la compraventa mercantil la ley prevé expresamente esas opciones; en otros contratos, como los de prestación de servicios, se atiende a lo pactado y a las reglas generales de las obligaciones recíprocas. Los daños y perjuicios no se presumen por el solo incumplimiento: hay que precisar en qué consistieron y probar su existencia y su monto. Antes de suspender pagos o contratar a otro proveedor, conviene revisar lo que el contrato dice sobre avisos, plazos para corregir, penas y terminación, y documentar el incumplimiento.

¿Los correos electrónicos y mensajes de WhatsApp sirven como prueba en un conflicto comercial?

Sí, pueden ofrecerse como prueba: la ley admite los mensajes de datos como medio de prueba, y los correos y mensajes pueden servir para acreditar una relación comercial, lo que se acordó o lo que se reclamó. Que se admitan no significa que, por sí solos, demuestren lo que se afirma: su valor depende de que se acredite quién los envió y de la fiabilidad del método con que se generaron, se comunicaron y se conservaron. Por eso conviene conservarlos en el dispositivo o la cuenta original, completos y con fechas y remitentes, no solo como capturas de pantalla, y relacionarlos con otros documentos, como el contrato, las facturas y las constancias de entrega. Si la otra parte niega haberlos enviado o recibido, corresponde a quien los ofrece acreditar su autenticidad por otros medios, por ejemplo, con un dictamen pericial.

¿Qué debe hacer mi empresa si recibe un requerimiento o una multa de una autoridad?

Lo primero es identificar qué autoridad lo emitió, qué ordena o determina, y cuándo y cómo se notificó. Los plazos para atenderlo o impugnarlo, y el momento en que empiezan a correr, dependen de la ley que rige cada procedimiento, por lo que conviene calcularlos desde el primer día. Por regla general, un acto de molestia —como un requerimiento o una multa— debe constar en mandamiento escrito de autoridad competente, que señale con precisión la norma que le da esa atribución y exprese los hechos y fundamentos por los que actúa. Con esa revisión se decide si conviene cumplir, aclarar o aportar información, o impugnar. La vía también depende del acto: los actos fiscales federales tienen medios de defensa propios, distintos de los que corresponden a otros actos administrativos federales o a los de autoridades locales, como las de la Ciudad de México. Conviene no dejar vencer el plazo mientras se decide.

¿Cómo debe prepararse una empresa ante una demanda de un trabajador?

Con el expediente de la relación laboral completo y revisado desde el inicio. Cuando hay controversia, la ley pone a cargo del patrón probar hechos como la fecha de ingreso y la antigüedad, la jornada ordinaria y, dentro del límite que fija la ley, la extraordinaria, el monto y el pago del salario y de las prestaciones, y la causa de la rescisión. También lo obliga a conservar y exhibir documentos como contratos, nóminas o recibos de pago y controles de asistencia; si no los presenta, se presumen ciertos los hechos que el trabajador afirme sobre ellos, salvo prueba en contrario. Conviene reunir el contrato, los recibos firmados o los CFDI de nómina verificables, los controles de asistencia, los comprobantes de vacaciones, aguinaldo, primas y reparto de utilidades, las constancias de seguridad social y, si hubo rescisión, el aviso escrito con la conducta que la motivó y su fecha, junto con la constancia de que se entregó al trabajador o se comunicó al tribunal. Antes del juicio hay, por regla general, una etapa de conciliación obligatoria, salvo en los casos que la ley exceptúa, como los de discriminación o los de prestaciones de seguridad social; conviene acudir a ella con esa información revisada.

¿Puede mi empresa exigir una penalización por incumplimiento de contrato?

Sí, si el contrato prevé una pena convencional, que fija de antemano la indemnización por el incumplimiento o por el retraso. Para cobrarla debe acreditarse el incumplimiento en los términos pactados. En un contrato mercantil, si la pena se pactó para compensar el incumplimiento, total o parcial, la empresa debe elegir entre exigir el cumplimiento del contrato o el pago de la pena: al ejercer una de esas acciones se extingue la otra. Si la pena se pactó solo por retraso o mora, puede reclamarse junto con el cumplimiento, porque compensa la demora y no sustituye a la obligación principal; su procedencia depende de cómo esté redactada la cláusula. Si el contrato no prevé pena, puede reclamarse la indemnización de daños y perjuicios, que debe acreditarse. El monto y los límites de la pena se revisan en cada caso.

¿Qué hacer si mi empresa firmó un contrato sin revisar las obligaciones y garantías?

Revisarlo cuanto antes. Por regla general, lo firmado obliga en los términos pactados y en las consecuencias que, según su naturaleza, derivan de la buena fe, el uso o la ley, aunque no se haya revisado con detalle. La revisión identifica qué obligaciones y plazos asumió la empresa, qué garantías otorgó —pagarés, fianzas, obligados solidarios o avales—, qué penas y causas de terminación prevé y cómo se resolverían las controversias. Con eso se decide si conviene cumplir y documentar el cumplimiento, negociar por escrito una modificación con la otra parte o prepararse ante un incumplimiento. Hay supuestos en que puede discutirse si el contrato obliga a la empresa o si es válido —por ejemplo, si quien firmó no tenía facultades suficientes, si se cuestiona el consentimiento con que se firmó o si existe una causa legal de invalidez—, y cada uno requiere un análisis particular.

¿Cuándo conviene contratar asesoría jurídica permanente para una empresa?

Cuando la empresa firma contratos con frecuencia, tiene asuntos abiertos en varias materias, recibe requerimientos o reclamaciones de manera recurrente o necesita consultar decisiones antes de tomarlas. El esquema se define por escrito según el volumen de trabajo previsto: servicios incluidos —por ejemplo, revisión documental, consultas y seguimiento—, exclusiones y honorarios. Las gestiones, los procedimientos y los litigios se incluyen solo si se acuerdan de forma expresa. La asesoría inicial dura 60 minutos y cuesta $2,000 MXN, abonables a los honorarios del asunto contratado.

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